Icono noticiasCapítulo I: Constitucion, Denominación, Fines y Actividades, Duración

DENOMINACIÓN Y REGIMEN LEGAL

Artículo 1

Los presentes Estatutos de la “Asociación para el Desarrollo FORO RURAL MUNDIAL”, han sido modificados de conformidad con lo establecido en la Ley 7/2007, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi y la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 9 y 10.13 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco.
Dicha Asociación se regirá por los preceptos de la citada Ley de Asociaciones, por los presentes Estatutos en cuanto no estén en contradicción con la Ley, por los acuerdos válidamente adoptados por sus órganos de gobierno, siempre que no sean contrarios a la Ley y/o los Estatutos, y por las disposiciones reglamentarias que apruebe el Gobierno Vasco, que solamente tendrán carácter supletorio..

FINES QUE SE PROPONE

Artículo2.- Los fines de esta Asociación son:
  • El desarrollo multifuncional de la vida rural en el contexto de las políticas globales.
  • El acuerdo y la concertaciónentre sociedades, grupos, instituciones y personas que comparten planteamientos afines en materia de apoyo a la vida rural.
  • La reflexión y el análisisde los efectos de la globalización sobre la vida rural, sus sociedades, su economía y su medio ambiente.
  • La identificaciónde acciones para hacer compatible un proceso de globalización con la viabilidad de sistemas rurales integrados: economía y actividades rurales, medio ambiente cultura y sociedad.
  • La formulación y la proposición de políticas integradas de desarrollo sostenible en el medio rural.
  • La comunicación y la difusión de ideas, experiencias y métodos con relación a la preservación de los sistemas rurales.
  • El impulsar una red de trabajo con movimientos de desarrollo rural de todo el planeta con capacidad para actuar como lobby efectivo por preservar la identidades culturales, así como promover la autoconfianza de las zonas rurales.
  • La realización y promoción de proyectos de cooperación al desarrollo, y la colaboración con quién los realiza.
  • Promover el intercambio de experiencias y líneas de trabajo con entidades de carácter transnacional y la búsqueda de actuaciones conjuntas en desarrollo económico y rural internacional con dichas entidades.
  • La subvención, directa e indirecta de las entidades que cumplan los anteriores fines.
 Para la consecución de dichos fines se llevarán a cabo, previo el cumplimiento de los requisitos legales establecidos, las siguientes actividades:
  • Coordinar los esfuerzos de los movimientos de desarrollo rural ante foros y organizaciones locales, nacionales, estatales y supraestatales.
  • Mantener un sistema de información y comunicación entre los miembros asociados, utilizando al efecto los medios tradicionales de comunicación y las nuevas tecnologías.
  • Organizar foros, simposios, conferencias y reuniones periódicas, así como crear grupos de trabajo para discutir los temas relacionados con el comercio y el desarrollo rural.
  • Llevar a cabo estudios sobre cuestiones relacionadas con la globalización del comercio y su efecto sobre el desarrollo sostenible.
  • Investigar y analizar las políticas que afectan a los Programas de desarrollo rural multifuncional.
  • Contribuir en la publicación de revistas científicas, documentos de investigación y divulgación, libros y otras publicaciones periódicas.
  • Participar y prestar la asistencia técnica, económica y jurídica necesaria para el desenvolvimiento y ejecución de los proyectos de cooperación al desarrollo.
Sin perjuicio de las actividades descritas en el apartado anterior, la Asociación, para el cumplimiento de sus fines podrá:
  • Desarrollar actividades económicas de todo tipo, encaminadas a la realización de sus fines o a allegar recursos con ese objetivo.
  • Adquirir y poseer bienes de todas clases y por cualquier título, así como celebrar actos y contratos de todo género.
  • Ejercitar toda clase de acciones conforme a las Leyes o a sus Estatutos.

DOMICILIO SOCIAL

Artículo3.
El domicilio principal de esta Asociación estará ubicado en Arkaute (Álava), Granja Modelo s/n.
La Asociación podrá disponer de otros locales en el ámbito de la Comunidad Autónoma, cuando lo acuerde la Asamblea General.
 

ÁMBITO TERRITORIAL

Artículo 4.
La duración de la Asociación, será por tiempo indefinido. El acuerdo de disolución se adoptará conforme a lo indicado en los Presentes Estatutos.
DURACIÓN Y CARÁCTER DEMOCRÁTICO
Artículo 5
La Asociación se constituye con carácter permanente, y sólo se disolverá por acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria según lo dispuesto en el Capítulo VI o por cualquiera de las causas previstas en las Leyes.
La organización interna y el funcionamiento de la Asociación deberán ser democráticos, con pleno respeto al pluralismo. Serán nulos de pleno derecho los pactos, disposiciones estatutarias y acuerdos que desconozcan cualquiera de los aspectos del derecho fundamental de asociación.

FORO RURAL MUNDIAL Granja Modelo s/n - 01192 Arkaute (Araba) - Tel: + 945 12 13 24 - Fax: + 34 945 28 14 22 wrfsecretary@ruralforum.net

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